Descripción
El impuesto predial es un pago que se aplica anualmente o bimestral que grava la propiedad o posesión de bienes inmuebles y predios urbanizados y no urbanizados.
Tipo de atención
A quién va dirigido
Tiempo de respuesta
Requiere inspección o verificación
Costo
¿Cuándo lo necesito?
Al requerir el comprobante de pago del Impuesto Predial.
El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:
1.-Presidencia Municipal.
2.-Control canino (Calera).
3.-Seguridad Pública (Providencia).
4.-Registro Familiar II (Tulipanes),
5.-Linea: https://mineraldelareforma.gob.mx/pago-de-predial/
Requisitos:
1.-Identificación Oficial vigente del Propietario
- Credencial para Votar.
- Licencia para conducir.
- Cartilla Militar.
- Pasaporte.
2.-Boleta de Impuesto predial anterior o Certificado de valor Fiscal y/o Escrituras.
3.-Beneficio a pensionado, jubilado, discapacitado y adulto mayor:
- Credencial de elector vigente.
- Tarjeta de INAPAM.
- Credencial de pensionado y/o jubilado.
- Credencial de discapacitado o dictamen médico.
Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:
Copias de Documentación:
Formatos:
Fundamento legal
Artículos 31 fracción IV, 36 fracción I Y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9 al 27 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo; 7 de la Ley de Ingresos del Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo vigente; Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo; Ley del procedimiento administrativo del Estado de Hidalgo; Ley orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo; Reglamento de la Administración Publica para el Estado de Hidalgo vigente.
Vigencia del tramite
5 años
Criterios
1.-Los beneficios aplican a un predio.
Otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite
Oficina de Predial y Traslado de Dominio.
Horarios de atención
Lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas y sábados de 9:00 a 13:00 horas.