La licencia de uso de suelo autoriza el uso o destino de un predio, estableciendo las condiciones de aprovechamiento de conformidad con los programas, legislación y disposiciones administrativas aplicables en materia de desarrollo urbano
La licencia de uso de suelo autoriza el uso o destino de un predio, estableciendo las condiciones de aprovechamiento de conformidad con los programas, legislación y disposiciones administrativas aplicables en materia de desarrollo urbano
Se cobra considerando la clasificación y tipo de obra
1. Formato único debidamente requisitado
2. Documento con el cual acredita la propiedad debidamente Inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio
3. Identificación del Propietario y/o Representante Legal
4. Carta poder notariada o simple con copia de las identificaciones de los interesados
5. Recibo predial al corriente de pago
6. 4 fotografías del predio o vivienda en diferentes ángulos
7. Croquis de localización del predio
8. Copia de alineamiento y número oficial
9. Recibo de agua y drenaje al corriente
10. Anteproyecto arquitectónico, de existir una construcción plasmar la superficie dentro del polígono que acredite sus escrituras
Los establecidos en los requisitos
1 copia de cada uno
Artículos 4 Fracción XIX, 132, 133 Fracción II, 137, 138 de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado y Artículo 69, Fracción II del Reglamento de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado