Trámites y Servicios

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Fusión

Descripción

Consiste en expedir la autorización para unir dos o más terrenos colindantes para formar uno solo

Tipo de atención

A quién va dirigido

Tiempo de respuesta

Requiere inspección o verificación

Costo

¿Cuándo lo necesito?

El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:

Escrito Libre

Requisitos:

1. Solicitud por escrito
2. Copia de la acreditación de la propiedad de cada uno de los predios a fusionar, debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio;
3. Copia de identificación oficial del propietario,
4. Constancia de Situación Fiscal y CURP
5. En caso de ser persona moral deberá integrar acta constitutiva de la empresa, copia del poder notarial y copia de identificación oficial del solicitante o representante legal;
6. Copia fotostática de pago actualizado del impuesto predial de cada uno de los predios a fusionar
7. Plano del proyecto de la fusión de los predios con cuadro de áreas, georreferenciado con coordenadas UTM e impreso en doble carta, firmado por el propietario y por el DRyC en Planeación Urbana
8. Memoria descriptiva de la fusión impresa
9. Copia de la identificación del DRyC vigente
10. Cuatro fotografías del inmueble
11. Croquis de localización del predio
12. Efectuar el pago de los derechos correspondiente
Nota: Deberá presentar dictamen, autorizaciones o documentación adicional que por las características particulares pudiera requerirse
Constancia de viabilidad
Dictamen del estudio de impacto urbano y vial
Dictamen de zona de riesgo
Factibilidad de CAASIM
Factibilidad de CFE
Constancia de alineamiento de calle

Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:

Los establecidos en los requisitos

Copias de Documentación:

1 copia de cada uno

Formatos:

    Fundamento legal

    Artículos 9 Fracción V, 148, 149, 153 y 153-BIS de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado; Artículo 69 Fracción III del Reglamento de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado

    Vigencia del tramite

    Sin vigencia

    Criterios

    Cumplir con los requisitos establecidos y realizar el pago de derechos correspondiente

    Otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite

    Dirección de Desarrollo Urbano y Fraccionamientos

    Horarios de atención

    Lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas

    Servidor público encargado de tramite

    Cargo de servidor público

    Domicilio