Consiste en expedir la autorización para unir dos o más terrenos colindantes para formar uno solo
Consiste en expedir la autorización para unir dos o más terrenos colindantes para formar uno solo
$3,830.21 por los dos primeros lotes a fusionar
$1,915.07 por cada predio adicional a los primeros dos (por predio)
$303.15 por cada revisión
1. Solicitud por escrito
2. Copia de la acreditación de la propiedad de cada uno de los predios a fusionar, debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio;
3. Copia de identificación oficial del propietario,
4. Constancia de Situación Fiscal y CURP
5. En caso de ser persona moral deberá integrar acta constitutiva de la empresa, copia del poder notarial y copia de identificación oficial del solicitante o representante legal;
6. Copia fotostática de pago actualizado del impuesto predial de cada uno de los predios a fusionar
7. Plano del proyecto de la fusión de los predios con cuadro de áreas, georreferenciado con coordenadas UTM e impreso en doble carta, firmado por el propietario y por el DRyC en Planeación Urbana
8. Memoria descriptiva de la fusión impresa
9. Copia de la identificación del DRyC vigente
10. Cuatro fotografías del inmueble
11. Croquis de localización del predio
12. Efectuar el pago de los derechos correspondiente
Nota: Deberá presentar dictamen, autorizaciones o documentación adicional que por las características particulares pudiera requerirse
Constancia de viabilidad
Dictamen del estudio de impacto urbano y vial
Dictamen de zona de riesgo
Factibilidad de CAASIM
Factibilidad de CFE
Constancia de alineamiento de calle
Los establecidos en los requisitos
1 copia de cada uno
Artículos 9 Fracción V, 148, 149, 153 y 153-BIS de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado; Artículo 69 Fracción III del Reglamento de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado