Trámite jurídico administrativo en el cual el Municipio recibe las Obras de Urbanización y Servicios Públicos de un Fraccionamiento y de responsabilidad futura al desarrollador en su mantenimiento, y se pagarán por número de lotes.
Trámite jurídico administrativo en el cual el Municipio recibe las Obras de Urbanización y Servicios Públicos de un Fraccionamiento y de responsabilidad futura al desarrollador en su mantenimiento, y se pagarán por número de lotes.
Variado por el tipo de interés del Fraccionamiento (interés social, medio, económico, popular, residencial alto y campestre) y por el número de lotes
Para la municipalización será necesario que el interesado acredite:
1. Solicitud por Escrito
2.Que estén concluidas las obras de urbanización y cumplan con las normas técnicas aplicables;
3. Que las garantías se encuentren vigentes;
4. Que las áreas de donación se encuentren debidamente liberadas.
5. Copia de Uso de Suelo
6. Copia de Autorización de Fraccionamiento
7. Comprobante de Terminación de Obras de Urbanización, CFE, CAASIM, SOPDUE
8. Escrituras de las Áreas de Donación
9. Copia de Licencia de Urbanización
10. Fianza del 25% del total de las obras de urbanización
11. Pago de derechos
No aplica
1 copia de cada uno
Art. 98 del Reglamento de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado de Hidalgo
Art. 55 al 64 del Reglamento de Construcciones del Municipio de Mineral de la Reforma