Trámite jurídico administrativo en el cual el Municipio recibe las Obras de Urbanización y Servicios Públicos de un Fraccionamiento y de responsabilidad futura al desarrollador en su mantenimiento, y se pagarán por número de lotes.
Trámite jurídico administrativo en el cual el Municipio recibe las Obras de Urbanización y Servicios Públicos de un Fraccionamiento y de responsabilidad futura al desarrollador en su mantenimiento, y se pagarán por número de lotes.
Variado por el tipo de interés del Fraccionamiento (interés social, medio, económico, popular, residencial alto y campestre) y por el número de lotes
Para la municipalización será necesario que el interesado acredite:
1. Solicitud por Escrito
2.Que estén concluidas las obras de urbanización y cumplan con las normas técnicas aplicables;
3. Comprobante de Terminación de Obras de Urbanización, CFE, CAASIM, SOPDUE
4. Escrituras de las Áreas de Donación
5. Haber dado cumplimiento a las condicionantes establecidas en las autorizaciones de fraccionamiento y licencias de urbanización
6. Fianza del 25% del total de las obras de urbanización
No aplica
1 copia de cada uno
Art. 98 del Reglamento de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado de Hidalgo
Art. 55 al 64 del Reglamento de Construcciones del Municipio de Mineral de la Reforma