Trámites y Servicios

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Avalúo Catastral

Descripción

Procedimiento por medio del cual se determina el valor catastral de los predios, aplicando por separado, a la superficie de terreno y de construcciones, los valores unitarios de suelo y construcción contenidos en las tablas vigentes.

Tipo de atención

A quién va dirigido

Tiempo de respuesta

Requiere inspección o verificación

Costo

¿Cuándo lo necesito?

Para conocer el valor de un predio, a efecto de determinación de la base gravable para calcular el monto del pago de impuestos y derechos sobre dicho bien inmueble.

El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:

Formato de solicitud entregado en la ventanilla de la Oficina de Catastro para personas físicas y morales. Si el trámite se realiza a través de una notaría, el escrito es libre.

Requisitos:

Personas físicas, Notarios Públicos y Personas Morales

Solicitud mediante formato oficial entregado en ventanilla de oficina de catastro con hoja de acuse y anexar copias legibles de la siguiente documentación:
1. Documento que ampare la propiedad (escritura y/o título de propiedad, debidamente inscrita en el registro público de la propiedad, resolución judicial, en su caso);
2. Identificación oficial y vigente del propietario y del solicitante, así como documento que ampare la representación legal en el caso aplicable;
3. Recibo del pago del impuesto predial al corriente;
4. Constancia de número oficial expedida por obras públicas (en caso de que el predio se encuentre en zona urbana y no cuente con la asignación oficial del número);
5. Licencia de construcción y plano de construcciones (en su caso);
6. Levantamiento topográfico del predio a valuar con las siguientes especificaciones: (exceptuando departamentos y casas dúplex)
Medidas; colindancias; orientaciones; superficie; construcciones (en su caso) croquis satelital de localización indicando ubicación del predio; cuadro de construcciones con coordenadas UTM.
En caso de que el levantamiento lo realice de manera particular y no en obras públicas del municipio, se requiere firma y cédula del ingeniero o arquitecto responsable del levantamiento;
En caso de ser:
Totalidad: anexar plano topográfico.
Fracción: especificar dentro del plano topográfico 1.- la totalidad del predio indicando la ubicación de la fracción a valuar y 2.- la fracción a valuar.
En caso de que el predio a valuar sea departamento o casa dúplex, se deberá anexar un croquis satelital de localización indicando la ubicación del predio mediante una coordenada UTM; este documento sustituirá al levantamiento topográfico.
7.- Cuatro fotografías del predio de diferentes ángulos (fachada, interior, colindancias, construcciones en su caso)

Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:

Los señalados en el apartado de requisitos.

Copias de Documentación:

Original y  1 copia.

Formatos:

    Fundamento legal

    Artículos 31 fracción IV, 36 fracción I y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 fracción II, 115 y 116 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 9, 10, 12, 13 fracción IV, 17 fracción XVI, 30 fracción VI, 31, 32, 40, 61 y 66 de la Ley de Catastro del Estado de Hidalgo; 52, 53, 55, 56, 58, 59, 60 del Reglamento de la Ley de Catastro del Estado de Hidalgo; 63 fracciones I y II del Reglamento de la Administración Pública Municipal para el Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo; 8 y 24 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Mineral de Mineral de la Reforma, Hidalgo correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

    Vigencia del tramite

    1 año

    Criterios

    Documentación completa e información verídica

    Otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite

    Oficina de Catastro

    Horarios de atención

    Lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas

    Servidor público encargado de tramite

    Cargo de servidor público

    Domicilio