Procedimiento por medio del cual se determina el valor catastral de los predios, aplicando por separado, a la superficie de terreno y de construcciones, los valores unitarios de suelo y construcción contenidos en las tablas vigentes.
Procedimiento por medio del cual se determina el valor catastral de los predios, aplicando por separado, a la superficie de terreno y de construcciones, los valores unitarios de suelo y construcción contenidos en las tablas vigentes.
Realización de avalúos catastrales. $ 1,006.30 (Mil seis pesos 30/100 M.N.)
Expedición de avalúos catastrales $ 431.50 (Cuatrocientos treinta y uno pesos 50/100 M.N)
Por primera reprogramación de visita para avalúo catastral. $ 461.10 (Cuatrocientos sesenta y un pesos 10/100 M.N.)
Por cada visita adicional subsecuente para avalúo catastral. $ 461. (Cuatrocientos sesenta y un pesos 10/100 M.N.)
Por reposición de avalúo catastral vigente. $191.40 (Ciento noventa y un pesos 40/100 M.N.)
Asignación de clave catastral $ 295.70 (Doscientos noventa y cinco pesos 70/100 M.N.)
Personas físicas, Notarios Públicos y Personas Morales
Solicitud mediante formato oficial entregado en ventanilla de oficina de catastro con hoja de acuse y anexar copias legibles de la siguiente documentación:1. Documento que ampare la propiedad (escritura y/o título de propiedad, debidamente inscrita en el registro público de la propiedad, resolución judicial, en su caso);
2. Identificación oficial y vigente del propietario y del solicitante, así como documento que ampare la representación legal en el caso aplicable;
3.CURP del Propietario
4. Recibo del pago del impuesto predial al corriente;
5. Localización del predio en la localidad, colonia, fraccionamiento o barrio y denominación del predio, especificando: uso, superficie, medidas y colindancias, así como el destino del predio, manifestando la actividad a que se destina.
En su caso ubicación del predio dentro de la manzana, con la medida a la esquina mas próxima o croquis de localización donde se marquen accidentes topográficos, poblaciones, carreteras, caminos, vías ferreas u otros.
6. En su caso superficie de la construcción, manifestando los diferentes usos a que este destinada, los materiales utilizados, el número de niveles, servicios internos con que cuenta;
7.- Cuatro fotografías del predio de diferentes ángulos (fachada, interior, colindancias, construcciones en su caso)
Para la valuación Catastrla del predio con o sin construcciones la Autoridad Catastral podrá realizar visita de campo, de acuerdo a las caracteristicas del predio con o sin construcciónes podrá solicitar la información o documentsación que por sus caraqcteristicas así lo requiera.
Los señalados en el apartado de requisitos.
Original y 1 copia.
Artículos 31 fracción IV, 36 fracción I y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 fracción II, 115 y 116 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 9, 10, 12, 13 fracción IV, 17 fracción XVI, 30 fracción VI, 31, 32, 40, 61 y 66 de la Ley de Catastro del Estado de Hidalgo; 52, 53, 55, 56, 58, 59, 60 del Reglamento de la Ley de Catastro del Estado de Hidalgo; 63 fracciones I y II del Reglamento de la Administración Pública Municipal para el Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo; 8 y 24 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Mineral de Mineral de la Reforma, Hidalgo correspondiente al ejercicio fiscal 2025.