Trámites y Servicios

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Inscripción catastral

Descripción

Registro de un predio ante el municipio.
La inscripción catastral es aquella que permite obtener los datos gráficos, administrativos, jurídicos, técnicos y económicos con que se inscribe un predio en el padrón catastral.

Tipo de atención

A quién va dirigido

Tiempo de respuesta

Requiere inspección o verificación

Costo

¿Cuándo lo necesito?

Cuando el titular de un predio requiere registrarlo ante el Municipio.

El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:

Formato de solicitud entregado en la ventanilla de la Oficina de Catastro para personas físicas y morales. Si el trámite se realiza a través de una notaría, el escrito es libre.

Requisitos:

Personas físicas y morales
Solicitud dirigida a la oficina de catastro municipal con hoja de acuse
1. Documento que ampare la propiedad (escritura pública y/o título de propiedad, debidamente inscrita en el registro público de la propiedad, resolución judicial, en su caso);
2. Identificación oficial y vigente del propietario y del solicitante, así como documento que ampare la representación legal en el caso aplicable;
3. Constancia de número oficial expedida por obras públicas (en su caso)
4. Levantamiento topográfico con coordenadas UTM, con la firma y cédula del responsable del levantamiento, firmado por todos sus colindantes.
5. Cuatro fotografías del predio de diferentes ángulos (fachada, interior, colindancias, construcciones en su caso)

Si el predio no está inscrito en el registro público de la propiedad y el comercio, el poseedor deberá presentar los siguientes requisitos:

1. Contrato de compra venta.
2. Identificación oficial vigente del vendedor, del comprador y de los colindantes.
3. Levantamiento topográfico con coordenadas UTM, con la firma y cédula del responsable del levantamiento, firmado por todos sus colindantes.
4. Constancia que acredite que el predio no pertenece al ejido. (emitida por el comisariado ejidal de la comunidad)
5. Constancia de posesión no mayor a 3 meses.
6. Constancia que acredite que el predio no pertenece a bienes del dominio público, áreas verdes ni de uso común. (expedida por obras públicas)
7. Constancia que acredite que el predio no es propiedad del municipio.
8. Cuatro fotografías del predio de diferentes ángulos (fachada, interior, colindancias, construcciones en su caso).

Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:

Los señalados en el apartado de requisitos.

Copias de Documentación:

Original y 1 copia

Formatos:

    Fundamento legal

    Artículos 31 fracción IV, 36 fracción I y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 fracción II, 115 y 116 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 9, 10, 12, 13 fracción IV, 19, 20 fracción I, 30 fracción I, 31, 32, 38, 39, 40 y 61 de la Ley de Catastro del Estado de Hidalgo; 33 del Reglamento de la Ley de Catastro del Estado de Hidalgo; 63 fracciones I y II del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo; y 8 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

    Vigencia del tramite

    1 año

    Criterios

    Presentar completa la documentación solicitada, no se aceptan imagenes de documentos en general, los documentos solicitados quedan sujetos a cambio, tramite personal, no se aceptan intermediarios.

    Otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite

    Oficina de Catastro.

    Horarios de atención

    Lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas

    Servidor público encargado de tramite

    Cargo de servidor público

    Domicilio