El ciudadano debe realizar el pago correspondiente por los daños ocasionados a la vía pública a causa de un incidente vehícular
El ciudadano debe realizar el pago correspondiente por los daños ocasionados a la vía pública a causa de un incidente vehícular
Depende al daño ocasionado, el cual se llega a un monto por el cátalogo de gobierno emitido cada año.
La forma de cubrir el pago puede ser por transferencia, en caja y cheque certificado
Oficio emitido por la Secretaría de Seuridad Pública y turnado a la Secretaría de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Ecología
Oficio de liberación
Presupuesto
Reporte fotográfico
recibo de pago
Formato
Oficio de Seguridad Pública
Lugar del Incidente
Coordenadas Geográficas
Datos del vehículo; placas, modelo, submarca, color
Daños ocasionados
1 copia de:
Oficio de liberación
Presupuesto
Reporte fotográfico
Recibo de pago
Formato
Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Hidalgo
Artículo 19. Los propietarios de vehículos serán solidariamente responsables de los daños y perjuicios causados a terceros en su persona o patrimonio, así como por las infracciones cometidas, cuando no se aseguren de que el conductor de su vehículo, cumpla con las obligaciones establecidas en esta Ley.
Reglamento de la Administración Pública de Mineral de la Reforma
Artículo 113. Fracción XVII. Cuantificar y valorar los daños causados por terceros a la infraestructura urbana y mobiliaria municipal.