Trámites y Servicios

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Pago de impuesto predial

Descripción

Es el procedimiento por medio del cual el propietario de un predio realiza el pago del impuesto predial por cualquiera de los medios autorizados
El impuesto predial es un pago que se aplica anualmente o bimestral que grava la propiedad o posesión de bienes inmuebles y predios urbanizados y no urbanizados.

Tipo de atención

A quién va dirigido

Tiempo de respuesta

Requiere inspección o verificación

Costo

¿Cuándo lo necesito?

Al momento que el contribuyente desee realizar el pago del impuesto y obtener su comprobante de pago.

El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:

N/A

Requisitos:

Personas físicas
1.-Identificación oficial vigente del propietario
2.-Boleta de impuesto predial anterior, Certificado de valor fiscal y/o escrituras para identificar la clave predial.
3.-Beneficio a pensionado, jubilado, discapacitado y adulto mayor:
Credencial de elector vigente.
Tarjeta de INAPAM
Credencial de pensionado y/o jubilado
Credencial de discapacitado o dictamen médico
Personas morales
1.-Identificación oficial vigente del representante legal
2. Boleta de impuesto predial anterior, certificado de valor fiscal y/o escrituras para identificar la clave predial.
3. Documento que acredite la representación legal.

Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:

Los señalados en el apartado de requisitos.

Copias de Documentación:

Todos los requisitos deberán presentarse en original para cotejo más una copia de documento para obtener beneficio de descuento en el caso aplicable (Requisito 3)
Una copia de documento que acredite la representación legal en el caso aplicable

Formatos:

    Fundamento legal

    Artículos 31 fracción IV y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 fracción II, 115, 116 y 138 fracción I de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, 5, 9, 10, 13, 15 y 17 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo, 57 y 60 inciso a) y b) del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo; y 7 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

    Vigencia del tramite

    1 año

    Criterios

    Documentación completa e información verídica

    Otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite

    Oficina de Predial y Traslado de Dominio.

    Horarios de atención

    Lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas y sábados de 9:00 a 13:00 horas.

    Servidor público encargado de tramite

    Cargo de servidor público

    Domicilio