Trámites y Servicios

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Permiso para reconstrucción o colocación de redondel

Descripción

reconstrucción o colocación de redondel

Tipo de atención

A quién va dirigido

Tiempo de respuesta

Requiere inspección o verificación

Costo

¿Cuándo lo necesito?

El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:

Oficio o escrito donde se le solicite el permiso o autorización para instalación o reconstrucción de monumento. Dirigido a: Presidente Municipal Lic. Eduardo Medécigo Rubio. At´n. Lic. Jesús Escamilla Baños, Secretario de Servicios Públicos Municipales, deberá incluir el panteón, zona, número de tumba, una imagen de cómo se encuentra actualmente el espacio, así como planos del diseño que planean colocar o construir. Formato de solicitud

Requisitos:

1. Último recibo de pago de derechos (deben estar al corriente en refrendos
para poder autorizar la reconstrucción o colocación de redondel)
2. Copia de credencial de elector del solicitante (responsable de la tumba)
3. Copia del acta de defunción (si existe más de un finado tienen que traer copia
de las actas de defunción de los finados que se encuentran en esté predio)
4. Copia de comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de antigüedad (que
el domicilio coincida con la identificación del responsable de la tumba).

Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:

1.    Último recibo de pago de derechos. (Deben estar al corriente en refrendos para poder autorizar la reconstrucción o colocación de redondel).
2.    Copia de credencial de elector del solicitante. (responsable de la tumba).
3.    Copia del acta de defunción. (si existe más de un finado tienen que traer copia de las actas de defunción de los finados que se encuentran en esté predio)
4.    Copia de comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de antigüedad (que el domicilio coincida con la identificación del responsable de la tumba).

copias de Documentación:

1 copia de cada documento solicitado

Fundamento legal

Ley de Hacienda para los Municipios del estado de Hidalgo, artículos 82 al 89. Ley de Ingresos para el municipio de Mineral de la Reforma 2024, artículo 108. Reglamento de Panteones, agencias, servicios funerarios y crematorios del municipio de Mineral de la Reforma, estado de Hidalgo, capítulo XI, XII.

Vigencia del tramite

30 días

Criterios

Que cumpla con los requisitos.

otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite

Dirección de Panteones

Horarios de atención

Lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas

servidor público encargado de tramite

cargo de servidor público

domicilio