Descripción
Se reciben denuncias y quejas por hechos posiblemente constitutivos de alguna falta administrativa prevista en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, pueden ser a través del portal oficial del Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo, por comparecencia en las instalaciones de la Contraloría Municipal, incluso de manera anónima.
Tipo de atención
A quién va dirigido
Tiempo de respuesta
Requiere inspección o verificación
Costo
¿Cuándo lo necesito?
El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:
Puede ser por escrito libre dirigido a la Autoridad Investigadora de la Contraloría Municipal. Puede ser mediante formato que predeterminado por la Contraloría Municipal,únicamente requisitarlo o bien a través del portal oficial del Ayuntamiento en el apartado de quejas y denuncias.
Requisitos:
Deberá contener los datos o indicios que permitan advertir la presunta responsabilidad administrativa por la comisión de Faltas administrativas.
Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:
Precisar circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos denunciados y adjuntar cualquier documento o dato de prueba en caso de tenerlos que permita acreditar los hechos.
copias de Documentación:
Original y acuse, en caso de ser por escrito libre y en caso de que sea a través del portal oficial del municipio, no se requiere acuse.
Fundamento legal
artículos 1, 14, 16, 108, párrafos primero, tercero, cuarto, 109 fracción III, 113, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 1, 2, 3, fracciones II, XXI, XXV, 4, fracción I, 6, 7, 9, fracción II, 10, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 100, 101, 118 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 1, 2, 3, párrafo segundo, 9, 23, 149, párrafos primero, segundo, 151, párrafo segundo, tercero, 154, fracción III de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 5 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo; 1, 2, 3, 6 fracción IX, 105, 105 Bis, 106, fracción XIV incisos a), b), c), d), e) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo; 4 de la Ley del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Hidalgo de aplicación supletoria a la ley invocada en tercer término; 65, 66, 88 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo, de aplicación supletoria a las leyes en la materia; 27, fracción X, 167, 168, 169, fracción IV, 178, fracciones I, IX, X, XVIII del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo
Vigencia del tramite
No aplica
Criterios
dé los datos de prueba que se recaben durante la investigación, se desprende la comisión de alguna falta administrativa, prevista y sancionada en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y someterlo a procedimiento de Responsabilidad Administrativa ante la Autoridad Substanciadora de la Contraloría Municipal.
otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite
Dirección Anticorrupción
Horarios de atención
Lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas