Otorgar identidad a los recién nacidos mediante su registro.
Otorgar identidad a los recién nacidos mediante su registro.
Recibir el registro gratuito y la expedición de la primera acta de nacimiento.
PARA MENORES DE 6 MESES
Menor:
*Aviso de nacimiento debidamente sellado por el hospital y firmado por el médico que certifica.
*Cartilla nacional de vacunación
Papás:
*Acta de nacimiento (no se aceptan actas que estén maltratadas, rotas o manchadas)
*Curp certificada
*Credencial de elector u otra identificación oficial como cartilla militar, cédula profesional o pasaporte vigente. (no se acepta la licencia para conducir)
* Acta de matrimonio (si son casados)
*Comprobante de domicilio (el más reciente y de preferencia el recibo de agua
Abuelos:
*Curp certificada y/o credencial de elector (en caso de ser finados aun así se requiere presentar documentación y/o fechas de nacimiento) (si los abuelos son testigos presentar duplicado de documentación)
2 testigos:
*Credencial de elector u otra identificación oficial como cartilla militar, cédula profesional o pasaporte. (no se acepta la licencia de conducir)
*Curp certificada
NIÑOS MAYORES DE 6 MESES NACIDOS DENTRO DEL ESTADO – SE DEBE ANEXAR
*Constancia de inexistencia de registro de este municipio
*Constancia de inexistencia del lugar de nacimiento
*Constancia de inexistencia de la dirección del registro del estado de hidalgo (a un costado de tuzoplaza, Pachuca)
PARA PADRES MENORES DE EDAD – SE DEBE ANEXAR
*Último certificado de estudios con fotografía
*Constancia de residencia
Serán testigos del registro los padres de los menores de edad, identificándose con credencial de elector
No aplica
Original y copia
Artículo 4° párrafo IX Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos